Orden de San Raimundo de Peñafort , la enciclopedia libre
Orden de la Cruz de San Raimundo de Peñafort | ||
---|---|---|
Emblema de la Orden de San Raimundo de Peñafort. | ||
Otorgada por el rey de España | ||
Tipo | Orden civil | |
Otorgada por | Méritos relevantes por cuantos intervienen en la Administración de Justicia, estudio del Derecho y servicios sin nota desfavorable en las actividades jurídicas dependientes del Ministerio de Justicia. | |
Soberano | El rey de España | |
Canciller | El ministro de Justicia | |
Estado | En vigor | |
Estadísticas | ||
Establecida | 23 de enero de 1944 (80 años) | |
Premiados | Véase el anexo Caballeros de la Orden de la Cruz de San Raimundo de Peñafort | |
Precedencia | ||
Siguiente mayor | Orden Civil de Alfonso X el Sabio | |
Siguiente menor | Orden del Mérito Constitucional[1] | |
| ||
La Orden de la Cruz de San Raimundo de Peñafort es una condecoración civil española que premia relevantes méritos contraídos por cuantos intervienen en la Administración de Justicia, el cultivo y aplicación del estudio del derecho en todas sus ramas o los servicios prestados en actividades jurídicas dependientes del Ministerio de Justicia. Fue instaurada por Decreto de 23 de enero de 1944.[2]
En virtud de la autorización contenida en el artículo sexto del Decreto referido, se han ido dictando disposiciones que desarrollan y complementan las normas que se establecieron para la concesión de la condecoración mencionada, y con el fin de evitar la dificultad y confusión en las citas y conseguir la unificación de la disposición normativa propuesta del ministro de Justicia.
Junta de Gobierno
[editar]La Junta de Gobierno es la encargada de informar de las propuestas de concesión de las condecoraciones de la Orden. Está compuesta por las siguientes personalidades:
- Presidente: El ministro de Justicia.
- Vicepresidente: El subsecretario del Ministerio de Justicia.
- Secretario: Un miembro del Cuerpo de Abogados del Estado.
- El arzobispo de Toledo o prelado en quien delegue.
- El presidente del Tribunal Supremo.
- El fiscal general del Estado.
- El director general de Seguridad Jurídica y Fe Pública.
- Un representante de la Real Academia de Jurisprudencia y Legislación, designado por su Consejo.
- El presidente del Consejo General de la Abogacía.
Grados de la Orden
[editar]Cruces de la Orden
[editar]Premian los relevantes méritos contraídos por cuantos intervienen en la Administración de Justicia y en su cultivo y aplicación del estudio del Derecho en todas sus ramas. Sus categorías son:
- Cruz Meritísima, con rango y preeminencias de Gran Cruz. Lleva anejo el tratamiento de Excelencia.
- Cruz de Honor. Asemejada a la categoría de Encomienda con Placa o Encomienda de Número. Lleva anejo el tratamiento de Ilustrísima.
- Cruz Distinguida de Primera Clase. Asemejada a la categoría de Encomienda Ordinaria o Comendador. Lleva anexo el tratamiento de Señoría.
- Cruz Distinguida de Segunda Clase. Asemejada a la categoría de Oficial. Lleva anexo el tratamiento de Señoría.
- Cruz Sencilla. Asemejada a la categoría de Caballero. Lleva anexo el tratamiento de Señoría.
Medalla del mérito a la Justicia
[editar]Premia los servicios prestados sin nota desfavorable en las actividades jurídicas dependientes del Ministerio de Justicia. Por su especial finalidad, su concesión y su uso son compatibles con el otorgamiento de las cruces de la Orden. Sus categorías son:[3]
- Medalla de Oro del Mérito a la Justicia.
- Medalla de Plata del Mérito a la Justicia.
- Medalla de Bronce del Mérito a la Justicia.
Miembros de la orden
[editar]Desposesión de distinciones
[editar]El agraciado con cualesquiera de las categorías que haya sido sentenciado por la comisión de un delito doloso o pública y notoriamente haya incurrido en actos contrario a las razones determinantes de la concesión de la distinción podrá, en virtud de expediente iniciado de oficio o por denuncia motivada, y con intervención del Fiscal de la Real Orden, ser desposeído del título correspondiente a la distinción concedida, decisión que corresponde a quien la otorgó.
Referencias
[editar]- ↑ «Las órdenes al mérito. Las condecoraciones». heraldaria.com. Consultado el 20 de diciembre de 2012.
- ↑ «DECRETO de 23 de enero de 1944 por el que se crea la Cruz de San Raimundo de Peñafort para premiar el mérito a la Justicia». Boletín Oficial del Estado (38): 1972-1973. 7 de febrero de 1944. ISSN 0212-033X. BOE-A-1944-1288. Consultado el 24 de marzo de 2024.
- ↑ «Trámites y gestiones personales. Orden de San Raimundo de Peñafort. Ministerio de Justicia de España. Consultado el 26/08/2017.». Archivado desde el original el 26 de agosto de 2017. Consultado el 26 de agosto de 2017.
Véase también
[editar]Fuentes
[editar]- CEBALLOS-ESCALERA Y GILA, Alfonso de, Marqués de la FLORESTA (1995). "La Orden de la Cruz de San Raimundo de Peñafort en su cincuentenario", Boletín de la Real Academia Matritense de Heráldica y Genealogía, n.º 15, página 14. Madrid, 1995.
- GARCÍA-MERCADAL Y GARCÍA-LOYGORRI, Fernando; CEBALLOS-ESCALERA Y GILA, Alfonso de, Marqués de la FLORESTA (2003). Las Órdenes y Condecoraciones Civiles del Reino de España. Centro de Estudios Político Constitucionales. Boletín Oficial del Estado. Páginas 158-160, 249 y 386-393. Madrid, 2003.
- HERRERA Y HUME, Fernando de (2014). "La Orden de la Cruz de San Raimundo de Peñafort. Análisis histórico y jurídico en el 70º aniversario de su creación (1944-2014)". Revista Hidalguía, n.º 362. Páginas 85-118. Madrid, 2014.
- SANJUÁN Y MONFORTE, José Carlos (1997). "Orden de la Cruz de San Raimundo de Peñafort", Revista Internacional de Protocolo, n.º 9. Páginas 91-92.