Unidad Ganadera , la enciclopedia libre

Una unidad ganadera o UG es el equivalente a una cabeza de ganado de referencia.

Las unidades ganaderas se emplean en estadística y economía con el propósito de poder realizar análisis globales y comparativos de las explotaciones ganaderas. El cálculo de unidades ganaderas equivalentes se realiza multiplicando por un factor de ponderación —dependiente de la especie y en algunos casos la edad del animal— el número de cabezas reales de ganado.

Especie España Bolivia
Vacas lecheras 1,000 1,0
Otras vacas 0,800 1,0
Bovinos machos de 24 meses o más 1,000 1,50
Bovinos hembras de 24 meses o más 0,800 1,0
Bovinos de 12 a 24 meses 0,700 0,750
Bovinos de menos de 12 meses 0,400 0,50
Ovinos 0,100 0,10
Caprinos 0,100 0,11
Cerdas madres 0,250
Cerdas para reposición 0,140
Lechones 0,027
Otros porcinos 0,300
Equinos 0,800 0,95
Gallinas 0,014
Pollitas destinadas a la puesta 0,014
Pollos de carne y gallos 0,007
Pavos, patos, ocas y pintadas 0,030
Otras aves 0,030
Conejas madres 0,020
Camélidos 0,30

No existe un único conjunto de factores de ponderación pero puede servir de orientación el utilizado por el Instituto Nacional de Estadística español siguiendo las recomendaciones del Eurostat o el de la Secretaría de Agricultura y Ganadería de Bolivia.

Ni siquiera la especie de referencia es única y aunque es común que sea el bovino adulto, por lo que se la denomina a veces unidad ganadera mayor o bovina (UGM o UGB), en otros casos pueden emplearse otras como la unidad ganadera ovina (UGO).

Unidad de ganado mayor

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La Unidad de Ganado Mayor (UGM) es una medida que permite comparar el tamaño de las explotaciones. Así, a efectos de la consideración de pequeños mataderos se aplica correspondencias entre tipo de animal y UGM.

Se entiende por U.G.M., los toros, vacas y otros animales de la especie bovina de más de dos años y los équidos de más de seis meses. Para otras edades y especies de ganado se establece la siguiente equivalencia:

  • Bóvidos de seis meses a dos años equivalen a 0,6 U.G.M.
  • Ovino y caprino equivalen a 0,15 U.G.M